Últimamente se oye con mayor frecuencia el término de mediación como una alternativa al proceso judicial en la resolución de conflictos familiares, empresariales, comunitarios,…
El elevado tiempo y los costes que supone ir a juicio hacen que se saturen los juzgados, que se retrase el proceso y que las implicaciones emocionales que suponen se alarguen en el tiempo.
Convivimos en sociedad, mantenemos multitud de relaciones, compartimos espacios, competimos por los mismos objetivos, todo esto hace que los conflictos sean inherentes a las especie humana.
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Definición de Mediación
Proceso de resolución de conflictos alternativo al proceso judicial que permite que las partes implicadas lleguen por sí mismas a un acuerdo con la intervención de un tercero, el mediador, ajeno al problema.
La mediación no necesariamente ha de terminar en un acuerdo, es posible que tras llevarla a cabo no se logre, siendo necesario embarcarse en un juicio, es decir, que la mediación no anula la posibilidad de iniciar un proceso judicial.
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La figura del mediador
Para ser mediador se requiere una formación específica necesaria para llevar a cabo esta nueva profesión adecuadamente. Muchos profesionales de ámbito de la abogacía y la psicología, están formándose para llevar a cabo mediaciones en diversas áreas, pero una cosa es ser mediador y otra desempeñar tu profesión de origen.
Cuando un psicólogo está realizando una mediación no es psicólogo sino mediador, es necesario desvestirse para no confundir un tratamiento o una terapia con lo que es mediar. Además, si alguna de las partes implicadas en la mediación ha llevado a cabo algún tipo de tratamiento anterior con el psicólogo, se recomienda que la mediación no sea llevada a cabo por este mismo profesional.
El mediador no decide, no resuelve, no aconseja, sino que facilita unas vías de comunicación que permitan a las partes llegar a un acuerdo.
También añadir, que el mediador puede decidir libremente y función de motivos consientes interrumpir el proceso de medición cuando valore que no es adecuado el procedimiento para ese conflicto.
La capacidad de hablar pasa por saber escuchar
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Principios de la mediación
Voluntariedad
Las partes deciden voluntariamente participar en la mediación, sin presiones y valorando que es la mejor opción que se tiene para alcanzar un acuerdo. De la misma manera, pueden interrumpir el proceso cuando lo consideren oportuno.
Nadie está obligado a mantenerse en el procedimiento de mediación ni a concluir un acuerdo.
Confidencialidad
Al igual que en otras profesiones no se puede desvelar la información ni los datos derivados de la mediación, tanto si se llega a acuerdo como si no. El secreto profesional avala al mediador para cumplir con este principio.
Neutralidad
Son las partes en conflicto quienes llegan al acuerdo, para lo cual el mediador debe mantenerse neutral y permitir que sean los implicados los responsables del consenso.
Imparcialidad
El procedimiento de mediación ha de garantizar que las partes intervengan en plena igualdad de oportunidades, manteniendo equilibrio entre sus posiciones y el respeto hacia las opiniones expresadas, sin que el mediador pueda actuar en perjuicio o interés de cualquiera de ellas.
Es necesario hacer una revisión introspectiva propia para valorar si seremos capaces de mantenernos al margen y ser imparciales a lo largo de la misma. De no ser así, se recomienda que se derive a otro mediador.
La mediación, es una herramienta tan válida como otra pero cumplir los principios anteriores es de vital importancia para que dicha profesión se lleve a cabo adecuadamente.
Buenas tardes Isabel, tengo unos amigos, matrimonio y 3 hijos que estan inmersos en un conflicto afectivo y economico, que ha puesto e jaque el matrimonio y relaccion con los hijos.
Tu estas capacitada para mediar en conflicto como este?
Gracias